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CPIC 29 Jul, 2026

NUEVA FUNCIONALIDAD EN NUESTRO SISTEMA DE EXPEDIENTES

Para mejorar los servicios disponibles en nuestro sistema liquidador de expedientes, desde hoy hemos incorporado la obligatoriedad de informar la partida inmobiliaria (PII) completa del inmueble sobre el que se realiza la tarea profesional.

Esta obligatoriedad no se aplica a expedientes de Obra Pública, debido a que la misma puede intervenir sobre un gran número de parcelas.

MODALIDAD DE CARGA:

El sistema le pedirá que ingrese la partida inmobiliaria (PII) completa para continuar la carga de datos y la generación del expediente técnico.

  • Al seleccionar la localidad, el sistema completa los cuatro (4) primeros dígitos de la PII (departamento y distrito, XX-XX).
  • El profesional debe completar el resto del número sin separadores: subdistrito, partida, subpartida y dígito de control.
  • Si debe informar más de una partida, el botón «agregar» habilita los renglones necesarios.
  • Recuerde: solo números, sin separadores (ni guiones, ni comas).
Carga de partida inmobiliaria

CONTROL DEL SISTEMA:

  • El programa verifica el dígito de control según la fórmula provista por el SCIT.
  • Si el dígito de control (DC) es inválido, sale un aviso y no se puede continuar.
  • Si no cuenta con el DC, puede averiguarlo ingresando la partida en: Consultas web SCIT.
Control del dígito de control

ACERVO DOCUMENTAL:

En el formulario de confirmación de datos, el sistema verifica la preexistencia del número de PII en expedientes propios y de otros profesionales, permitiendo el seguimiento de las intervenciones realizadas en el inmueble. En caso de encontrar coincidencias se muestra este aviso:

Aviso de coincidencias de PII
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