NUEVOS HONORARIOS DE REFERENCIA

Muchos de Uds. hablan leído publicaciones de otros Colegios profesionales, en donde se manifesta la idea de implementar una modalidad de liquidación de tareas profesionales que garantice igualdad de honorarios para igualdad de tareas profesionales.

En este sentido, días atrás el Presidente Ing. Civil Guillermo Rossler en representación de este CPIC y el MMO Gabriel Boeri en representación del CPT, firmaron Actas Acuerdo con el CAUPSF representado por su Presidente Arq. Rubén Palumbo.

Este CPIC quiere aclarar a su matrícula que, esta nueva modalidad de liquidación no implicará cambios radicales en la manera de liquidar expediente técnicos, respecto de la actual modalidad que tiene fundamento legal en Ley Provincial Nº 4114 – «Ley Ing. Ramón Araya» y su Decreto Reglamentario 2153/1952.

Sí, se implementará en nuestro sistema de liquidación, mecanismos de equiparación con el nuevo modelo de liquidación a implementar por el CAUPSF, para que los aportes arrojados, tanto colegiales como previsionales, guarden la equidad buscada. 

Lo más importante a destacar de este cambio, es que se busca equiparar la liquidación de estructuras, tanto de hormigón como metálica, en donde, actualmente, existen serias divergencias entre sus exigencias y sus montos por parte de otros Colegios.

Siguiendo el espíritu de igualdad buscado con esta Acta Acuerdo, también tomaremos como punto de partida la misma fecha de implementación del CAUPSF.

Este 15 de febrero de 2026 habrá una rectificación del valor de referencia para liquidación de aportes, valor que no ha sido modificado desde el 1º de abril del año 2025 (Resoluciones Provinciales Nº 168 y 169). Esta modificación será del orden del 10% junto con cambios en algunos coeficientes que relacionan la categoría de cada obra con dicho valor. En resumen, esta combinación de cambios dará aproximadamente un aumento del orden del 20%, que puede variar en menos en algunas categorías.

Como es nuestra costumbre comunicar con debida antelación, cambios en los números de referencias para que nuestros matriculados puedan presupuestar trabajos a futuro, contando con información confiable, es que difundimos este mensaje.

Los expedientes que estén ingresados con fecha anterior al 15 de febrero tendrán, como es usanza, 30 días corridos para la cancelación de aportes con valores vigentes por Resolución 168 y 169, una vez cumplido este plazo, independientemente del vencimiento de la boleta, serán exigibles los nuevos valores.