DÍA DE LA INDEPENDENCIA

El 9 de julio de 1816, el Congreso de Tucumán, integrado por representantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata, declaró la Independencia. Ese día, las manifestaciones populares se concentraron en los alrededores de la Casa de Tucumán coreando “Viva la Patria”. La sesión se extendió hasta altas horas de la noche, por lo que los festejos se llevaron a cabo al día siguiente. Esta hecho histórico determinó la ruptura definitiva de la dependencia política a la corona española completando así el proceso revolucionario que comenzó el 25 de mayo de 1810.

ACTA DE LA INDEPENCIA

En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de 1816: terminada la sesión ordinaria, el Congreso de las Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España, los representantes sin embargo consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, pueblos representados y posteridad. A su término fueron preguntados ¿Si quieren que las provincias de la Unión fuese una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli? Aclamaron primeramente llenos de santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del país, fixando en su virtud la declaración siguiente:

«Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en congreso general, invocando al Eterno que preside el universo, en nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos: declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas, y cada una de ellas, así lo publican, declaran y ratifican comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, baxo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación. Y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.» Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios.

El 19 de julio, en sesión secreta, el diputado Medrano hizo aprobar una modificación a la fórmula del juramento, con la intención de bloquear algunas opciones que se contemplaban en aquel momento por las que se pasaría a depender de alguna otra potencia distinta de España. Donde decía «independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli», se añadió: «…y toda otra dominación extranjera»

El acta original, firmada por todos los miembros del Congreso, fue redactada en el libro de Actas de las sesiones públicas de dicha asamblea. Ese libro se ha perdido. Algunos historiadores consideran que fue depositado en 1820 en la Legislatura de Buenos Aires, de donde posteriormente habría sido sustraído. En el Archivo General de la Nación Argentina se conserva una copia, realizada por el secretario Serrano a fines del mes de julio de 1816.

La declaración original en español se tradujo al quechua y al aimara (o aymara,lengua  cooficial junto al español en Bolivia​ y Perú​, en Argentina, sigue siendo hablado por las comunidades aimaras que conviven junto con los quechuas en el noroeste del país)​.

Firmantes de la Declaración de la Independencia

Los 29 diputados del Congreso de Tucumán que suscribieron el acta de Independencia declarada por el Congreso de las Provincias Unidas en Sud América fueron:

Presidente: Francisco Narciso de Laprida, diputado por San Juan
Vicepresidente: Mariano Boedo, diputado por Salta
Secretarios: José Mariano Serrano (diputado por Charcas, nombre originario de Sucre-Bolivia) y Juan José Paso (diputado por Buenos Aires)
Diputados:
Por Buenos Aires: Dr. Antonio Sáenz, Dr. José Darragueira, Fray Cayetano José Rodríguez, Dr. Pedro Medrano, Dr. Esteban Agustín Gascón y Dr. Tomás Manuel de Anchorena
Por Catamarca: Dr. Manuel Antonio Acevedo y Dr. José Eusebio Colombres
Por Córdoba: Eduardo Pérez Bulnes, José Antonio Cabrera y Lic. Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera
Por Jujuy: Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante
Por La Rioja: Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros
Por Mendoza: Tomás Godoy Cruz y Dr. Juan Agustín Maza
Por Salta: Dr. José Ignacio de Gorriti
Por San Juan: Fray Justo Santa María de Oro
Por Santiago del Estero: Pedro Francisco de Uriarte y Pedro León Gallo
Por Tucumán: Dr. Pedro Miguel Aráoz y Dr. José Ignacio Thames
Por Mizque (actualmente ciudad de Bolivia): Pedro Ignacio Rivera
Por Charcas: Dr. Mariano Sánchez de Loria y Dr. José Severo Malabia
Por Chichas (incluyendo a Tarija-Bolivia): Dr. José Andrés Pacheco de Melo