Derecho de edificación ahora por DDJJ

Señor matriculado: se transcribe, para vuestro conocimiento, información importante recibida de la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Santa Fe.

A partir del 1° de octubre del presente año, el tributo “Derecho de Edificación” será incorporado al Sistema de Administración Tributaria (SAT), por lo que la antigua modalidad de liquidación del mencionado Derecho, por Código de Barras, no tendrá más vigencia.

Básicamente, a partir de esta implementación, la deuda generada en concepto de Derecho de Edificación quedará vinculada al padrón municipal del inmueble en el Sistema Administrativo municipal, a partir de una Declaración Jurada del propietario, autodeclarativa de deuda.

DECLARACIÓN JURADA VÍA ELECTRÓNICA
El propietario podrá presentar esta Declaración Jurada vía electrónica (ver al respecto formularios) 01-Emisión Deuda por Derecho de Edificación y 04-Generación DDJJ Derecho Edificación cuyos instructivos se adjuntan, para el caso de que el profesional desee asesorarlo en este trámite.

DECLARACIÓN JURADA PRESENCIAL
Si por el contrario, el propietario optara por realizar la Declaración Jurada en forma presencial, podrá completar el 01-Formulario para presentación presencial DDJJ Derecho Edificación> que se adjunta a la presente y acercarse a la Ventanilla de Contribuyentes (Planta Baja del Palacio Municipal), adonde el personal municipal recepcionará el trámite y le dará curso.

FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS

INFORMES
Los profesionales que deseen realizar consultas sobre la nueva modalidad, podrán dirigirse asimismo a la mencionada Ventanilla de Contribuyentes para recibir asesoramiento, o realizar la consulta por mail a edificaciones.privadas@santafeciudad.gov.ar

Se adjuntan los formularios e instructivos mencionados, como así también otros relacionados con la nueva modalidad implementada.

El Directorio